Admisión de alumnos en Escuelas Infantiles públicas de Madrid para el curso 2017/2018

Acaba de publicarse en el Boletín de la Comunidad de Madrid la información correspondiente al proceso de Admisión de Alumnos en los centros de  Educación Infantil sostenidos con fondos públicos (Orden 123/2015, de 26 de enero, de la Consejería de Educación, juventud y deporte sobre admisión de alumnos de primer ciclo de educación infantil en centros públicos y en centros privados sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid)

A continuación os informamos de los puntos más relevantes:

SOLICITUDES.

  • El plazo de presentación  de solicitudes será desde el 19 de abril  al 5 de mayo de 2017 ambos inclusive.
  • Las solicitudes se pueden recoger en los centros de primer ciclo de  Educación Infantil o a través de internet en la página www.madrid.org.
  • Es importante reseñar que si los centros a los que optamos están dentro de la misma Comisión de Escolarización (normalmente cada Comisión de Escolarización comprende un distrito, aunque esa información se puede obtener en el centro al recoger la solicitud) solo se presentará una instancia en el centro que pongamos como primera opción.

DOCUMENTACIÓN

  • Se deberá presentar la Solicitud oficial más un documento que acredite la fecha de nacimiento del niño y el lugar de residencia. Si el niño no hubiera nacido aún se incluirá un informe médico con la fecha prevista de nacimiento y en caso de los niños que estén en proceso de adopción se incluirá documentación que acredite dicho proceso.
  • Documentación que afecta a la puntuación:
    • Documentación justificativa de la situación laboral de los padres. Si se autoriza a la Consejería de Educación el acceso a la información laboral de cada uno de los padres no es necesario presentar nada, si no será necesario original del informe de situación laboral actual o Vida Laboral emitido entre el 19 de abril y el 5 de mayo de 2017, de ambos padres.
    • Documentación justificativa de la situación económica. Se deben acreditar los datos necesarios para calcular la renta per cápita de la unidad familiar. Para esto se puede también dar autorización a la Consejería para que accedan a los datos de la Renta del año 2015 o, si no se autoriza, se debe presentar un Certificado de la Administración Tributaria correspondiente al ejercicio 2015.
    • Documentación justificativa de la situación familiar. Para este apartado es necesario presentar fotocopia del Libro de Familia, y en los casos que fuera necesario fotocopia del título de Familia numerosa, certificado que acredite un grado de minusvalía de algún componente de la unidad familiar o la documentación que avale la condición de acogimiento familiar o adopción del pequeño.
    • Proximidad del domicilio familiar o del lugar de trabajo. También en este apartado se puede autorizar a la Administración para que acceda a la información del padrón y si estamos cerca del lugar del trabajo tendremos que aportar un certificado que lo justifique.

En el caso de las plazas públicas que ofertan muchas escuelas privadas, si se quiere optar a una de esas plazas, debe entregarse una solicitud en dicho centro (independientemente de la entregada en las escuelas públicas) y aportar además la documentación correspondiente (renta, libro de familia, padrón) pues en esos casos la administración no da la opción de consultar los datos como hacen si se solicita plaza en una escuela infantil pública.

En el Anexo de la Orden se indica el Baremo de Admisión, con los puntos que se obtienen en cada uno de los apartados (con esto podemos hacernos una idea de los puntos que obtendremos, aunque para saber si estamos admitidos dependemos también de los puntos que obtengan el resto de los solicitantes). Mucha suerte a todos.

 

Próximamente en la web de la Comunidad publicarán toda la información, incluidos los plazos para la resolución de las solicitudes: www.madrid.org

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